¿QUÉ MOTIVA REDUCCIÓN DEL ÁREA POLIGONA DE LÍNEAS DE NAZCA?
¿Una facilidad más para la minería ilegal?
César Gutiérrez
El gobierno de Dina Boluarte ha hecho noticia mundial al cierre del mes de mayo por la reducción del área que subtiende la poligonal de las Líneas de Nazca, de 5,633 Km2 a 3,235 Km2. Tan poco se valora la herencia cultural de la nación que siendo un Patrimonio Mundial de la Humanidad (declarado por Unesco en 1994) puede dejarse el entorno de las líneas a merced de una dependencia de segundo orden del Ministerio de Cultura (MINCUL).
Con una resolución del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industriales Culturales (Res-000128-2025-VMPCIC/MC) se ha procedido a disminuir el área mencionada en 43%, lo que ha llamado la atención mundial pero que a la clase política parece no interesarle y corresponde que a los especialistas y ciudadanos interesados que nos den una explicación.
Para estar centrado en el tema hay que mencionar que el área que ocupan las líneas está entre 520 a 800 Km2, entre los distritos de Ingenio, en la provincia de Nazca y Llipata, en la provincia de Palpa; en la región Ica. La superficie de las líneas se conoce como el área nuclear, que tiene una zona de amortiguamiento y el conjunto es abarcado por la poligonal que es materia de la controversia creada.
Antes de esta reducción de área, ya se había legitimada a usar la superficie dentro de la poligonal para actividades empresariales, lo que se había hecho utilizando definiciones del DS-007-2008-EM, que es el reglamento de la ley 29151, publicada el 14.12.2007, conocida como Ley General del Sistema de Bienes Estatales.
En el artículo 2.2 del reglamento citado se establece lo que son bienes de dominio público y de bienes de dominio privado, estos últimos se definen como:
“bienes estatales que siendo de propiedad del Estado o de alguna entidad, no están destinados al uso público ni afectados a algún servicio público, y respecto de los cuales sus titulares ejercen el derecho de propiedad con todos sus atributos”.
Los bienes de dominio privado son sujetos de ser entregado en servidumbre para actividades privadas, la condición es que no colisionen con lo señalado en la ley 28296, publicada el 01.06.2006 y que se conoce como Ley del Patrimonio Cultural, que en este caso protege el área nuclear.
En esta condición e interpretando la normativa, hace una buena cantidad de años que hay plantas de beneficio que operan en la poligonal, donde la minería ilegal lleva su mineral para procesarlo, que es parte del oro que se produce fuera de la formalidad en el Perú, actividad que en la zona data de los años 70.
Pero todo indica que la situación no quedaba en las plantas de beneficio, la ONG DAR reporta que la plataforma “Geocatmin” y el “Sistema de Información Geográfica de Arqueología”, que dentro de la poligonal hay: 88 títulos de concesión minera, 218 títulos en trámite, y 850 Reinfos”
En este contexto es pertinente preguntarse ¿se está protegiendo estas actividades?, ¿hay más solicitudes para que ahora se instalen en los 2,398 Km2 que han quedado fuera de la poligonal?, ¿cuál es la evaluación de la afectación que puede tener la incursión de nuevas empresas en la zona?, ¿hay conflicto de intereses o tráfico de influencias de por medio?
Lo que se necesita es la sustentación pública de la decisión del MINCUL, más allá de las generalidades que dice el titular de turno del ministerio. Al Congreso parece no interesarle el tema, y a los candidatos presidenciales o al Congreso tampoco; entonces corresponde a los ciudadanos a los especialistas pronunciarse y exigir enmienda si corresponder.