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MINISTRO LIU REDUZCA LA TASA DE ACTUALIZACIÓN DE ELECTRICIDAD

Publicado: 2019-10-30

Los temores que el Congreso que se elija en enero del próximo año, tenga como uno de sus objetivos modificar el Título III de nuestra Constitución Política, que corresponde al Régimen Económico, se acrecienta ante el avance del pensamiento de izquierda en la región. 

El común denominador es un descontento ciudadano sobre las gestiones de gobierno que, a pesar del crecimiento económico, el beneficio no se refleja en sus bolsillos. Sienten que los costos suben por ascensor y los salarios por escalera.

No es que el régimen económico sea malo per se, sino que no se han respetado sus mismas reglas, para no colisionar con intereses empresariales, sobre todo de las multinacionales de los servicios públicos. La prédica es de liberalismo para el resto, pero mercantilismo para ellos, con el Estado como gran ente rector del despropósito.

Les pongo un ejemplo más que elocuente, que se está dando en nuestro país. Es el caso de la formación de precios de tres componentes regulados de los costos de electricidad a consumidor final.

En su cálculo por el regulador Osinergmin, se utiliza una variable llamada tasa de actualización, fijada en 12% anual, real, con cargo según ley, a disminuirla en 2% cuando haya variación a la baja de: la tasa libre de riesgo-bonos del tesoro americano- y del índice de los bonos globales de los mercados emergentes-EMBIG por sus iniciales en inglés-, mandato legal que no se ha hecho uso en los 27 años transcurridos desde su promulgación. Durante este período de tiempo, nuestro país pasó de ilegible financieramente a estar en el segundo tercio de los privilegiados países que poseen la calificación de grado de inversión. Es obvio que las condiciones para la reducción de la tasa referida están dadas.

El Ministro de Energía y Minas, Juan Carlos Liu, que, en entrevista dominical ante complaciente entrevistador, se ha mostrado como excelso conocedor, tiene en su escritorio desde marzo del año pasado el informe elaborado por empresa consultora calificada, tal como manda la ley, que sustenta la disminución de la tasa de actualización en 2%, con lo que produciría una rebaja en el costo de la electricidad en 10% al consumidor final.

Muéstrenos ministro que a usted no le tiembla la mano.


Escrito por

César Gutiérrez

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